Al respecto, el Decreto Supremo N° 332 (Ed.) publicado en enero de 2012, que determina edades mínimas para el ingreso a la educación especial o diferencial, y otras materias, especifica en su artículo 2°: “Los y las estudiantes con trastornos específicos del lenguaje podrán ingresar a las escuelas especiales de lenguaje, según las siguientes edades mínimas: